Para reactivar el sector construcción, es fundamental recuperar el sistema eléctrico y reformar el marco legal inmobiliario, aprovechando la posible llegada de inversión petrolera extranjera.
Si se concreta que empresas
extranjeras vengan a Venezuela a invertir y aumentar la producción de la
industria petrolera, hay altas posibilidades de que en el país comience a
reactivarse el sector construcción. Tanto Gustavo García Carrasquero,
presidente de la Cámara Venezolana de la Construcción (CVC), como Pablo
González Travieso, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV),
plantean dos acciones que se deben realizar a corto plazo: recuperar el Sistema
Eléctrico Nacional (SEN), y derogar o modificar tres leyes que impiden la
construcción de viviendas con capital privado.
La Ley para la Regularización
y Control de los Arrendamientos de Vivienda (2011), la Ley Contra la Estafa
Inmobiliaria (2012) y la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de
Vivienda (2007) han frenado el desarrollo de infraestructura residencial en
Venezuela desde hace 14 años. Al punto de que el sector construcción cerró el
año pasado con un 95% de paralización. Y también han impactado la oferta de
alquileres.
Ambas cámaras económicas
llevarán una propuesta de reforma de este marco jurídico a la Asamblea
Nacional, para que sean parte de la agenda legislativa de 2026 y tratan de
persuadir a la presidente encargada de Venezuela, Delcy
Rodríguez, que tome en cuenta la necesidad del cambio de estas
leyes, porque el sector construcción puede apuntalar el crecimiento económico
del país y aumentar la generación de empleos.
El ingeniero Gustavo García,
presidente de la CVC, sostiene que los trabajos de mantenimiento para recuperar
la generación eléctrica nacional serán inminentes, tras la aprobación por
unanimidad en segunda discusión de la Ley de Hidrocarburos, el pasado 29 de
enero, y con las expectativas que hay de que el gobierno de Estados Unidos
continúe aliviando las sanciones petroleras. El portal financiero Bloomberg,
publicó el 03 de febrero que si el Departamento del Tesoro de EE. UU. emite una
licencia general, las empresas petroleras estadounidenses podrían intervenir y
revitalizar la producción de hidrocarburos en Venezuela.
«Para poder elevar la
producción petrolera como se pretende, es prácticamente obligatorio mejorar el
servicio eléctrico. La CVC tiene una propuesta culminada que se llama Plan de
Estabilización de Energía Eléctrica, el cual ha sido visto por autoridades del
sector eléctrico de Venezuela y eso está encaminado a mejorar el servicio»,
apuntó.
¿Qué se necesita para
recuperar y aumentar la generación eléctrica de Venezuela?
Cuando se le pregunta a García
Carrasquero qué se necesita a corto plazo para aumentar la generación eléctrica
de Venezuela, responde sin aspavientos: Financiamiento de instituciones
multilaterales, como el BID, Banco Mundial y la CAF, y la participación del
sector privado venezolano en el manejo del sistema eléctrico.
«Consideramos que debe ser
incluido el sector privado como inversionista y operador de algunas plantas
eléctricas medianas que puedan contribuir al aporte de megavatios de la línea
interconectada», argumentó.
Señala que en Venezuela es
necesario recuperar de manera inmediata unos 2.000 megavatios (MW) y eso se
logra activando y reparando las plantas termoeléctricas de la región
centroccidental, sobre todo las que funcionan con gas. Estima que la inversión
mínima oscila entre los 1.500 y $2.000 millones de dólares.
En el caso del estado Lara, se
requiere atender y mejorar la generación en las plantas termoeléctricas
Barquisimeto II, ubicada en la Zona Industrial II, y Barquisimeto III, que está
en la parroquia Ana Soto. Además de poner en funcionamiento la Planta
Termoeléctrica Argimiro Gabaldón, en el municipio Palavecino, sector La Piedad.
Afirmó que también se deben
recuperar las seis principales infraestructuras de generación térmica que hay
en el estado Carabobo, y las seis plantas que hay en Zulia, con especial
atención al Complejo Termoeléctrico General Rafael Urdaneta (Termozulia) y la
Planta Termoeléctrica Bachaquero, que son primordiales para reactivar la
producción petrolera en occidente.
En una segunda fase, el Estado
debe trabajar en la culminación de dos obras que potenciarían la generación
hidroeléctrica: El Central Hidroeléctrica Manuel Piar (Tocoma) y el Complejo
Uribante Caparo, que pueden proporcionar entre 2.100 y 2500 MW adicionales.
«Esas dos grandes obras
requieren de un esfuerzo mayor. No pretendemos que las opere el sector privado
porque forman parte del corazón del Estado, pero los empresarios sí podrían
ayudar a conseguir financiamiento, si se incluyen. Principalmente, eso se lograría
con los recursos que genere la renta petrolera y con el financiamiento de
organismos multilaterales», mencionó.
La ecuación es clara para la
Cámara Venezolana de la Construcción: si en Venezuela en el próximo año mejora
la producción petrolera, habría recursos suficientes para las obras de
infraestructura requeridas, concluir o iniciar proyectos que permitan mejorar
la calidad de los servicios públicos que tanto reclama la población.
Modificación de leyes
Pablo González Travieso,
presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), sostiene que para
que se culminen la construcción de complejos residenciales que fueron
paralizados desde hace más de una década en el país y se incremente la oferta
de alquileres que impactaría de manera favorable en el precio, es necesario que
en Venezuela se modifiquen tres leyes:
La primera es la Ley para la
Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, vigente desde 2011,
porque produce desequilibrios en la relación contractual entre propietarios e
inquilinos y prioriza el derecho a la vivienda sobre el derecho a la propiedad
privada.
«El propietario queda en total
desprotección social, ya que en Venezuela es absolutamente complicado iniciar
un juicio de desalojo», argumentó.
Desde 2011 existe el Decreto
de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas que
suspendió todos los desalojos en Venezuela. Una ley que además es sumamente
burocrática, porque establece en el artículo 5, que un propietario debe
obligatoriamente hacer un procedimiento en el Ministerio de Vivienda y Hábitat,
antes que un juez pueda admitir una demanda de desalojo. Y el artículo 13
numeral 2, que dictamina que no se procederá al desalojo forzoso hasta que el
Estado garantice al inquilino un refugio temporal o una solución habitacional
definitiva, lo que se traduce a una ocupación legalizada por tiempo indefinido
de una propiedad privada.
«Esta ley ha hecho que la
propiedad privada pierda sentido, y eso ha provocado que exista una gran
cantidad de inmuebles que se encuentran vacíos, cerrados, inutilizados, porque
los propietarios ponen resistencia a alquilar. A su vez, eso genera que haya
una demanda superior de la necesidad de viviendas en alquiler que la oferta
disponible, disparando los precios», comentó González.
Alquilar un apartamento, casa,
anexo o habitación en Venezuela obliga a las personas a tener un trabajo muy
bien remunerado, o ser casi que dueños de un negocio para poder cumplir con las
mensualidades que son costosas, y con una serie de requisitos que exigen los
dueños de las propiedades.
La segunda normativa que se debe
derogar en Venezuela es la Ley Contra la Estafa Inmobiliaria, oficializada en
2012, que regula los contratos de preventa y las condiciones de construcción de
viviendas.
«Esta ley hace inviable la
posibilidad de construir en el país, porque tiene una serie de condiciones
como: no considera el valor del terreno, los porcentajes de utilidad están
tabulados, además existe la obligación que un porcentaje del desarrollo de la
construcción sea dedicado al alquiler. Donde no se puede indexarse la inflación
al costo final del inmueble, y en un país con alta inflación eso se traduce a
pérdidas para el promotor de viviendas», mencionó el presidente de la
CIV.
Agregó que si el promotor
inmobiliario falla en alguna de esas condiciones es adicionalmente penalizado
con cárcel.
Finalmente, añadió que se debe
modificar la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda, de
2007, que prohíbe explícitamente la venta y ejecución de hipotecas en moneda
extranjera.
«En un país donde no existe financiamiento a largo plazo, tú como propietario no puedes ofrecer un financiamiento directo privado porque no lo puedes indexar al valor de una moneda dura, y en consecuencia eso trae una afectación en las posibilidades de contratar privadamente, y poder estimular la base de compradores a través de financiamiento directo», recalcó.
Fuente:
laprensadelara.com
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